El 26 de junio se ha publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) la Resolución de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación relativa al régimen de descanso de los vehículos eléctricos puros adscritos entre el 19 de julio de 2025 y el 13 de octubre de 2025, en aplicación de la disposición transitoria segunda, apartado segundo, de la Ordenanza 4/2025 de 30 de septiembre que modifica la Ordenanza Reguladora del Taxi de 28 de noviembre de 2012.
La resolución rectifica el listado publicado en Resolución de 27 de abril de 2026 de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.
Las licencias de autotaxi 3.750, 8.826, 9.350, 11.187, 14.483 y 14.714 quedan autorizadas para la exención del régimen general de descanso, al haber acreditado los requisitos previstos en la disposición transitoria segunda, apartado segundo, de la Ordenanza 4/2025 de 30 de septiembre que modifica la Ordenanza Reguladora del Taxi de 28 de noviembre de 2012.
Se incluyen los siguientes anexos:
-Anexo I: Que rectifica la primera relación de las licencias de autotaxi que quedan sujetas al régimen general de descanso al no haber acreditado los requisitos exigidos.
-Anexo II: Relación de las licencias que quedan sujetas al régimen general de descanso al no haber acreditado los requisitos exigidos.
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