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A continuación le detallamos el calendario de la Revisión Administrativa para el año 2022 al que tendrán que ajustarse las licencias de autotaxi. Las licencias de autotaxi cuyo número ordinal terminen en número PAR pasarán la revisión de su licencia en el año 2022.

Para las licencias de autotaxi cuyo número terminen en número IMPAR, se fijará su calendario de revisión en la Instrucción de 2023.

No obstante lo anterior, todos los vehículos Eurotaxi deberán pasar la revisión durante el año 2022, con independencia del número ordinal de terminación de la licencia.

Los titulares de más de una licencia podrán tramitar conjuntamente la revisión administrativa de todas sus licencias pares, debiendo presentarla en el mes que corresponda al número de licencia más bajo.

-Marzo: desde licencia número 1 hasta licencia número 2000

-Abril: desde licencia número 2001 hasta licencia número 4000.

-Mayo: desde licencia número 4001 hasta licencia número 6000.

-Junio: desde licencia número 6001 hasta licencia número 8000.

-Julio: desde licencia número 8001 hasta licencia número 10000.

-Septiembre: desde licencia número 10001 hasta licencia número 12000.

-Octubre: desde licencia número 12001 hasta licencia número 14000.

-Noviembre: desde licencia número 14001 hasta licencia número 15776.

REQUISITOS

Serán objeto de comprobación el cumplimiento de los requisitos y condiciones de las licencias de autotaxi, previstos en el Decreto 74/2005, de 28 de julio y en la Ordenanza Reguladora del Taxi de 28 de noviembre de 2012, particularmente:

a) Conductores asalariados y Conductores titulares:
− Ser titular de permiso de conducción de la clase B en vigor.
− Ser titular del permiso municipal de conductor de autotaxi.
− Estar inscrito en el Registro Municipal de Licencias (Tarjeta de identificación).

b) Estar en situación de alta en el régimen de la Seguridad Social de acuerdo con la legislación
laboral vigente.

c) Vehículo:
− Domicilio en la Comunidad de Madrid.

d) Disponer de autorización de circulación como vehículo autotaxi, ITV en vigor, antigüedad y seguro de responsabilidad civil

e) Taxímetro: revisión metrológica en vigor con las tarifas vigentes.

HORARIO: De lunes a viernes de 9 h a 14 h. Sábados de 9 h a 13 h.

“Fuera del horario no se recogerán documentaciones”

Se ofrece la opción de realizar el trámite vía correo electrónico, para más información pueden ponerse en contacto a través de:
revista@gremial-taximadrid.com Tlfn: 695457771


* El resto de requisitos se comprobarán de oficio en el Departamento Jurídico del Taxi.
* Solo para Eurotaxi, informe de radio emisora o entidad telemática a la que pertenezcan, donde consten servicios y reclamaciones.

Descárgate boam9086_515 la publicación de la orden del Ayuntamiento.