
La Comunidad de Madrid destina un millón de euros en ayudas al taxi. Las mismas se pueden solicitar hasta el 30 de noviembre o hasta que se agoten el crédito de la convocatoria.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se ha publicado la convocatoria de Subvenciones de la Comunidad de Madrid para la compra de vehículos eficientes. El objeto de las ayudas consiste en potenciar la disminución del consumo energético de los vehículos destinados a autotaxi, incentivando la modernización del parque de este tipo de vehículos, con modelos de alta eficiencia energética, con menor consumo de combustibles y menores emisiones de CO2 y NOx.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas aquellas personas que, en el momento de su solicitud y hasta la concesión efectiva de la ayuda, sean profesionales autónomos, estén dados de alta en el impuesto de actividades económicas y sean, además, titulares de una licencia de autotaxi expedida en el territorio de la Comunidad de Madrid.
No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El beneficiario suscribirá, junto con la solicitud de ayuda, declaración responsable al respecto.
Cuantía
El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a un importe de 1.000.000 de euros las ayudas se darán de acuerdo con el siguiente baremo:
· Tramo I: vehículos con emisiones inferiores o iguales a 80 g CÜ2/Km y 60 mg NOx/Km: 6.000 euros/vehículo.
· Tramo II: vehículos con emisiones inferiores o iguales a 120 g CO2/Km y 80 mg NOx/Km, no incluidos en el tramo I: 2.000 euros/vehículo.
· Tramo III: vehículos con emisiones inferiores o iguales a 160 g CO2/Km y 80 mg NOx/Km, no incluidos en los tramos I y II: 1.000 euros/vehículo.
· Tramo IV: vehículos pertenecientes a la categoría eurotaxis, adaptados para perso- nas con movilidad reducida, con emisiones inferiores o iguales a 180 g CO2/Km y 120 mg NOx/Km, 2.000 euros/vehículo, no incluidos en los tramos I, II y III.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda (Anexo III) comenzará el día siguiente al de la publicación de esta Orden y concluirá el 30 de noviembre de 2017. No obstante lo anterior, de agotarse el crédito disponible antes de expirar el plazo de vigencia de la convocatoria, se considerará igualmente cerrado el plazo de presentación de solicitudes.
De producirse esta segunda circunstancia, se dará publicidad de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de la página web de la entidad colaboradora encargada de la gestión de las ayudas.
Período subvencionable
Podrán solicitar la subvención todos aquellos posibles beneficiarios que hayan adquirido directamente o tengan intención de adquirir directamente un vehículo de las características exigidas a partir del 1 de septiembre del año 2016 hasta el final del plazo de presentación de solicitudes o hasta agotarse el crédito, siempre que reúnan los requisitos establecidos en las bases reguladoras y con arreglo al procedimiento previsto en las mismas.