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II Convocatoria para la concesión del régimen especial de Eurotaxi

Les comunicamos que en el día de hoy, 31 de marzo, se ha publicado en el BOAM la II convocatoria para la concesión del régimen especial de Eurotaxi y sus bases específicas.

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Esta convocatoria tiene como objetivo aumentar la flota de taxis adaptados en Madrid para favorecer la autonomía personal y social de las personas que se desplazan en silla de ruedas.

Toda la información referente a la misma y a su tramitación, pueden ya consultarse en la página Web del Ayuntamiento de Madrid. Pinche aquí para descargarlo 

 A QUIÉN VA DIRIGIDO

Titulares de Licencia de Auto-taxi del Ayuntamiento de Madrid. 

PLAZO

Del 1 al 30 de abril.

REQUISITOS

•Ser titular de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid.

•Haber obtenido resultado favorable en la revisión administrativa anual de los dos años inmediatamente anteriores al año de publicación de la convocatoria en la licencia con la que participa. En el caso de que el solicitante no pudiera acreditar este requisito por falta de antigüedad suficiente en la titularidad de la licencia, se exigirá el resultado favorable en la revisión que, en su caso, le haya correspondido.

•No haber sido sancionado por el Ayuntamiento de Madrid en firme en vía administrativa por la comisión de dos o más infracciones graves o muy graves a la normativa de transporte urbano en automóviles turismo que resulte de aplicación durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria. 

Advertencia: No podrán participar en esta convocatoria, las licencias que en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación de esta convocatoria, estén disfrutando del régimen especial de eurotaxi  aprobado mediante Resolución de 13 de marzo de 2015 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se aprueba la relación de adjudicatarios y lista de espera y se desestima las solicitudes de participación de la I Convocatoria de Eurotaxi (BOCM 6 de abril de 2015).

CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE

Presencial:

Las solicitudes en impreso normalizado (disponible en la página web del Ayuntamiento de Madrid- www.madrid.es) junto con la documentación requerida en las bases y demás documentación se presentarán preferentemente en el Registro del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, sito en la C/Albarracín 33, o mediante cualquiera de las formas que establece el artículo 38.4 de la LRJPAC.

RECURSOS

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la  Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Obligaciones de las Licencias de autotaxi durante la vigencia del régimen.

Durante el período de vigencia del régimen los titulares de licencia de autotaxi deberán cumplir las siguientes obligaciones:

• Tener adscrito un vehículo eurotaxi a la licencia.

•Prestar servicio de modo prioritario a las personas con movilidad reducida.

•Estar adscrito a una radioemisora o entidad de contratación por medios telemáticos.

•Facilitar la información relativa a la prestación del servicio realizado a personas con movilidad reducida, especialmente el número y características de los servicios contratados, los servicios demandados que no hayan podido ser atendidos, y quejas y reclamaciones de los usuarios.

Esta información consistirá en un informe de la radioemisora o entidad de contratación por medios telemáticos que se aportará con ocasión de la revisión administrativa anual y en cualquier momento a requerimiento del Ayuntamiento, según modelo determinado por el Ayuntamiento de Madrid.

El Ayuntamiento podrá contrastar la adscripción y los datos facilitados por el titular con la propia radioemisora o entidad de contratación por medios telemáticos.

•Llevar a bordo del vehículo el documento justificativo del régimen de eurotaxi expedido por el Ayuntamiento a que se refiere el apartado a) de esta Base.

•Retirar del vehículo la letra indicativa del día de libranza a que se refiere el apartado 2 del artículo 25 de la Ordenanza Reguladora del Taxi.