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¿TIENES CLAÚSULA SUELO? RECUPERA LO QUE LE COBRARON DE MÁS

Fedetaxi alcanza un acuerdo para obtener asistencia legal gratuita para sus socios y allegados afectados por las clausulas suelo

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La reciente sentencia del TJUE del pasado 21 de diciembre ha resuelto a favor de la retroactividad total de las cláusulas suelo. Esto significa que una vez declarada nula esta cláusula, no solo dejará de aplicarse en el futuro sino que las entidades bancarias deben devolver el dinero que cada perjudicado haya pagado de más desde el inicio de la hipoteca.

FEDETAXI en colaboración con  NLD ABOGADOS, despacho especializado en este tipo de reclamaciones, facilitará que todos aquellos asociados, perjudicados por este tipo de cláusulas, puedan reclamar las cantidades pagadas de más y no pagar de más en el futuro. No pierdas tu oportunidad de recuperar lo que pagaste de más. Infórmese en la sede de Fedetaxi y Gremial (c/Santa Engracia 84. Madrid)  a partir del 7 de enero.

A continuación te  hacemos un breve análisis de la problemática.

1.- ¿Qué es una cláusula suelo?

Las cláusulas suelo son cláusulas que han venido insertando determinadas entidades bancarias en las escrituras hipotecarias y por las que pacta un tope mínimo en la bajada del tipo de interés. Es decir, impiden que el interés que se tiene que pagar  por la hipoteca baje de determinados porcentajes (los pactados en la cláusula suelo).

2.- ¿Tengo cláusula suelo?

Estas cláusulas se encuentran insertas dentro de las cláusulas financieras de la escritura de hipoteca y una redacción podría ser la siguiente: «En ningún caso el tipo de interés nominal anual resultante de cada variación podrá ser superior al X% ni inferior al X%»,

Otra opción sería acudir al recibo del préstamo y ver el interés que estoy pagando. Si es superior al Euribor más el diferencial que pacté, me están aplicando cláusula suelo.

3.- ¿En qué afecta el fallo de la reciente sentencia del TJUE a mi cláusula suelo?

El Tribunal Supremo en el año 2013 ya avaló la nulidad  de este tipo de cláusulas cuando no se haya proporcionado información al cliente consumidor, sin embargo precisó que solo podían recuperarse las cantidades que se pagaran de más a partir de la fecha de esa sentencia.

La reciente sentencia del TJUE corrige el criterio del Tribunal Supremo, y declara que si una cláusula suelo es nula, procederá devolver todo lo indebidamente cobrado en aplicación de la misma, y no sólo desde el 2013.

4.-La sentencia del TJUE, ¿declara nula estas cláusulas?

No, únicamente centra los efectos de la nulidad, pero cada perjudicado tendrá que interponer una demanda y acreditar que la entidad bancaria actuó con falta de transparencia. Ahora bien, el Tribunal Supremo ha fijado unos estándares de transparencia muy elevados lo que supone que en la gran mayoría de las ocasiones, estas cláusulas se consideren abusivas.

5.- ¿Quién puede reclamar?

Las sentencias a las que hacemos referencia afectan directamente a CONSUMIDORES.

Es decir, todos aquellos que contrataron una hipoteca a nivel personal, con independencia de que sean empresarios.

6.-¿Qué costes tiene la reclamación? 

Solo tendrá coste si se obtiene beneficio. Así es, nuestra colaboración con el despacho especializado NLD ABOGADOS, nos permite ofrecer unas condiciones económicas inmejorables para todos los socios de FEDETAXI así como a sus familiares y/o allegados, y que a continuación te detallamos:

1.-El asociado no abonará ninguna cantidad en concepto de provisión de fondos.

2.-Si se obtiene sentencia favorable con condena en costas a la entidad bancaria, será esta la que pague los honorarios de los abogados y procuradores.

3.-Caso de que se obtenga sentencia favorable pero no haya una condena en costas al banco; o se produzca un acuerdo judicial o extrajudicial, los honorarios de los abogados se calcularán de conformidad con las normas orientadoras del Colegio de Abogados que corresponda. Por tanto, este será el único caso en que el asociado tenga que pagar a sus abogados y procuradores; sin embargo habrá obtenido a su favor una condena de la entidad bancaria, obligando a devolver todo el dinero pagado de más desde el inicio de la hipoteca.

4.- Los únicos gastos que tendrá que adelantar el asociado serán los correspondientes al poder general para pleitos y en su caso algún otro que pudiera ocasionarse con carácter residual como certificados, burofax, mensajería, etc)