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La AGATM propone al Ayuntamiento de Madrid la modificación de la Ordenanza Reguladora del Taxi

La Gremial propone que la reforma debe abordar dos preceptos de la ordenanza que vienen generando problemas graves para el sector del taxi.

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El presidente de la AGATM, Miguel Ángel Leal, ha enviado una propuesta a la actual concejala de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid, Inés Sabanés, para que inicie las conversaciones necesarias para tramitar la reforma de la Ordenanza Reguladora del Taxi.

La Asociación Gremial propone que la reforma debe abordar dos preceptos de la ordenanza que vienen generando problemas graves para el sector del taxi y su modificación se hace inaplazable. Nos referimos a los siguientes: 

a)La exigencia de carecer de antecedentes penales para renovar el permiso de conductor de auto taxi.

b)La necesidad de acreditar haber ejercido habitualmente la profesión de conductor de autotaxi al menos doce meses durante los últimos cinco años.

Respecto al primer punto, la propuesta de AGATM es que desaparezca esta exigencia que actualmente figura en el art. 29.2.c). La norma está generando muchos problemas a los conductores de auto-taxis, sean estos titulares de licencia o conductores contratados.

En realidad, lo que esta exigencia pone en riesgo es el derecho al trabajo, pues conductores que han venido desempeñando con normalidad y profesionalidad su trabajo de “taxistas”, cuando van a renovar su permiso de conducción de auto-taxi se les deniega su solicitud y a partir de ese momento no puede trabajar. 

Respecto al segundo punto, la necesidad de acreditar haber ejercido habitualmente la profesión de conductor de autotaxi al menos doce meses durante los últimos cinco años, este requisito se introdujo en la reforma de la Ordenanza Reguladora del Taxi aprobada por el Ayuntamiento en julio de 2014, que exigió el “requisito establecido en el artículo 29.2.d) de la Ordenanza Reguladora del Taxi”, pues la norma del 29.2.d) no figuraba en la Ordenanza Reguladora del Taxi de 28.11.2012, que entró en vigor el 14 de diciembre de 2012.

La propuesta es que desaparezca este requisito del artículo 29.2.d) de la Ordenanza, sustituyéndolo por una nueva norma que se incorporaría a la ordenanza mediante la que se definirían dos categorías de titulares de permisos de conducción de auto-taxis: los ejercientes (los que están de alta como cotizantes por esta actividad) y los no ejercientes (quienes teniendo el permiso, no están cotizando por esta actividad).

A todos se les renovaría el permiso (si cumplen el resto de los requisitos) pero los no ejercientes, para obtener materialmente el permiso renovado, deberían darse de alta en la seguridad social, pasando en aquel momento de “no ejercientes” a “ejercientes”.