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AGATM presenta alegaciones al Protocolo de medidas durante los episodios de alta contaminación

El presidente de la Asociación Gremial, Miguel Ángel Leal, ha presentado al Ayuntamiento de Madrid las ALEGACIONES al PROTOCOLO DE MEDIDAS A ADOPTAR DURANTE EPISODIOS DE ALTA CONTAMINACIÓN POR DIOXIDO DE CARBONO.

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Os ofrecemos a continuación el documento completo.

Don Miguel Ángel Leal, Presidente de la Asociación Gremial de Auto-Taxi de Madrid, con domicilio en C/ Santa Engracia, 84-86, 28010-Madrid, ante el AYUNTAMIENTO DE MADRID comparece y como mejor proceda en derecho, dice:

Que se nos ha notificado el trámite de alegaciones en relación al PROTOCOLO DE MEDIDAS A ADOPTAR DURANTE EPISODIOS DE ALTA CONTAMINACIÓN POR DIOXIDO DE CARBONO. De conformidad con lo solicitado cumplimentamos el trámite conferido dentro del plazo legal señalado en los términos de las siguientes 

ALEGACIONES:

Primera. La ASOCIACION GREMIAL DE AUTOTAXI DE MADRID es favorable al establecimiento de medidas que promuevan en la ciudad de Madrid promuevan la calidad del aire y la protección de la atmósfera, tal y como pretende la Ley 24/2007. 

Segunda.- Lo que importa es determinar si las medidas que se proponen en el protocolo resultan eficaces para reducir los índices de contaminación por dióxido de nitrógeno, si resultan socialmente útiles y si garantizan una movilidad razonable de los ciudadanos.

Tercera.-  Por nuestra parte vamos a manifestarnos sobre cada una de las medidas que se proponen y con mayor extensión sobre las relativas a los taxis.

1.- La medidas informativas que se proponen nos parecen razonables para informar y concienciar a la ciudadanía del problema medioambiental. 

2.- Medidas de restricción del Tráfico Fase 1. Nuestra organización acepta que en la M-30 y en tramos de acceso a Madrid comprendidos dentro de la M-40 (en ambos sentidos) se pueda limitar el tráfico a 70 km/h, cuando los índices de contaminación atmosférica lo aconsejen.

3.- Medidas de restricción del Tráfico Fase 2:

Aceptamos el límite de 70 km/h de la fase 1.

Prohibición del estacionamiento en plazas y horarios del SER. Puede resultar necesaria esta medida para el tráfico privado, pero no debe aplicarse a los vehículos taxi, pues necesitan recoger y entregar viajeros por toda la ciudad de Madrid y, en algunos casos, especialmente si transportan a personas de movilidad reducida, para no colapsar el tráfico en vías de un solo carril, necesitan aparcar en plazas y horarios del SER.

4.- Medidas de restricción Tráfico Fase 3:

Ya hemos manifestado nuestro criterio sobre las medidas de restricción fase 2, que aquí reiteramos.

Restricción de la circulación en el interior de la almendra central (área interior de la M-30) del 50% de todos los vehículos (excepto transporte público, transporte escolar, vehículos comerciales e industriales, etc.,) Entre las excepciones no se citan a los vehículos auto taxis, excepto que se haya querido encuadrarlos dentro del transporte público. Esa excepción hay que incorporarla,  puesto que si se limita el uso del 50% del transporte de turismos privados, es más necesario el uso del taxi, porque hay muchas personas que por su edad, estado de salud o su actividad profesional no pueden satisfacer su necesidad de movilidad a través de transporte público.

Restricción de la circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central (área interior de la M-30). A nuestro entender, si se ponen limitaciones de hasta el 50% a la utilización de los turismos de particulares, el taxi resulta imprescindible para no colapsar la capacidad de movilidad de decenas de miles de personas. Por tanto, esta medida es absolutamente contradictoria con la limitación del tráfico privado de turismos. Pero además, tal como se propone, no se puede practicar. Por ejemplo: ¿que hace un taxista una vez que ha contratado y realizado un servicio y lo ha terminado en un lugar donde no se puede aparcar; puesto que si se fuera de vacío estaría incurriendo en una irregularidad sancionable?. Además tampoco puede aparcar en plazas del SER. En conclusión, esta medida de restringir el movimiento de los taxis es absolutamente negativa para los usuarios y, por ello, socialmente inasumible. Nuestra organización la rechaza frontalmente y considera que su aplicación generará muchos problemas a los ciudadanos que necesiten utilizar el taxi.

5.- Medidas de restricción del trafico en Fase 4_

Sobre las medidas de restricción del Tráfico fase 2: ya nos hemos pronunciado con anterioridad y aquí reiteramos lo dicho.

Restricción de la circulación en la almendra central así como la circulación por la M-30 del 50% de todos los vehículos “con las excepciones dispuestas en el presente documento”. Debemos entender que esta restricción no afecta a los taxis, pero debe expresarse con claridad, pues no se ha hecho.

Restricción de la circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central (área interior de la M-30). A nuestro entender, si se ponen limitaciones de hasta el 50% a la utilización de los turismos de particulares, el taxi resulta imprescindible para no colapsar la capacidad de movilidad de decenas de miles de personas. Por tanto, esta medida es absolutamente contradictoria con la limitación del tráfico privado de turismos. Pero además, tal como se propone, no se puede practicar. Por ejemplo: ¿que hace un taxista una vez que ha contratado y realizado un servicio y lo ha terminado en un lugar donde no se puede aparcar; puesto que si se fuera de vacío estaría incurriendo en una irregularidad sancionable?. Además tampoco puede aparcar en plazas del SER. En conclusión, esta medida de restringir el movimiento de los taxis es absolutamente negativa para los usuarios y, por ello, socialmente inasumible. Nuestra organización la rechaza frontalmente y considera que su aplicación generará muchos problemas a los ciudadanos que necesiten utilizar el taxi.

Medidas de promoción del transporte público. Nos parece acertado que en un momento de emergencia medio ambiental se promociones el transporte público. Pero  esta promoción debe realizarse igualmente respecto del taxi, que puede ser la solución a muchos problemas de movilidad cuando se restringe el uso del turismo privado.

Cuarta.-  Llama poderosamente la atención que en todo el protocolo no se haga una expresa alusión a la VTCs. No sabemos si se considera que su uso está prohibido o si está autorizando su plena utilización  sin restricciones en cada una de las fases que el protocolo distingue. Sería un escandaloso privilegio que las VTCs pudieran moverse sin restricción frente a la regulación restrictiva que se pretende hacer con los vehículos taxi. Esto, además de injusto, sería profundamente negativo para los intereses de la ciudadanía.

En su virtud,

SOLICITO AL AYUNTAMIENTO DE MADRID: que tenga por cumplimentado el trámite conferido y por realizadas las alegaciones del presente escrito en relación al “Protocolo de medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación por dióxido de carbono”.

En Madrid a 20 de Octubre de 2015. 

Miguel Ángel Leal Casado

Presidente

ASOCIACION GREMIAL DE AUTOTAXI DE MADRID