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Gobierno y asociaciones representantes de los trabajadores autónomos alcanzaron un acuerdo para prorrogar hasta el 31 de mayo el paquete de ayudas para el colectivo destinado a paliar los efectos de la pandemia, que se está cebando sobremanera con el colectivo, siendo el más afectado por las restricciones impuestas para frenar los contagios.

El plan, que será aprobado el próximo martes y al cual ha tenido acceso elEconomista, publicación de la cual está extraída esta noticia, recoge un nuevo pliego de condiciones más flexibles para poder acceder a la prestación extraordinaria por cese de actividad, además de ir acompañada del aplazamiento de la subida de tipos con la que, de media, este año, la cuota del Reta se habría incrementado entre 3 y 12 euros de media cada mes.

Concretamente, los cambios en las prestaciones más sustanciales que incluirá el próximo decreto pasa por que desde el 1 de febrero no será necesario ser beneficiario con anterioridad para acceder a la prestación eliminando el requisito anterior de haberlo sido entre marzo y junio; se suspende la subida de cuota prevista en 2021, de momento hasta el 31 de mayo; se elimina trabas para acceso a la ayuda para autónomos de temporada; y se reduce del 75% al 50% el nivel de caída de actividad para acceder a cobrar la prestación y tener exoneración del 100% de las cuotas dando respuesta a los autónomos que sufren limitaciones de aforo y horario.

Se beneficiará el doble de autónomos
Según las asociaciones de autónomos, las modificaciones introducida en esta estructura de ayudas servirán para duplicar el número de autónomos que se beneficien de la prestación extraordinaria por cese de actividad, alcanzando a más de 700.000 trabajadores.

De este modo, se establecen en el nuevo decreto hasta cuatro casos en los que los autónomos podrán acceder al cese de actividad extraordinario. Para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención: la cuantía de la prestación será del 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada, al tiempo que el beneficiario quedará exento del pago de la cuota mensual al Reta.

En el caso de los trabajadores que sin haber tenido que cerrar sus negocios se han visto sujetos a restricciones horarias y de aforo: deberán acreditar para acceder a esa prestación extraordinaria por cese del 50% de la base, acreditar en el primer semestre del 2021 unos ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia inferiores en un 50% a los habidos en el primer trimestre de 2020. Y también quedará exento del pago de la cuota a la Seguridad Social.

Por otro lado, la prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia se podrá solicitar acreditando en el primer semestre de 2021 una reducción de los ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia de más del 50% de los habidos en el segundo semestre de 2019 -para el cálculo de la reducción de ingresos se tendrá en cuenta el periodo en alta en el segundo semestre de 2019 y se comparará con la parte proporcional de los ingresos habidos en el primer semestre de 2021 en la misma proporción-. En este caso, la prestación también sería del 50% de la base reguladora y quedarían exoneradas las cuotas.