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El Consejo de Ministros ha dado luz vez a la prórroga de los Ertes hasta marzo, a las ayudas a los autónomos y la subida de 15 euros del salario mínimo, hasta los 965 euros mensuales desde el 1 de septiembre.

La norma de los Ertes mantiene durante el mes de octubre las condiciones vigentes actualmente, de forma que los actuales se prorrogarán un mes más «para dar tiempo a las empresas, a trabajadores y a las propias administraciones» a adaptarse al nuevo marco de Ertes formativos, según ha indicado el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá.

Del 1 de noviembre de 2021 al 28 de febrero de 2022 entrará en vigor ese nuevo esquema de Ertes formativos en el que las exoneraciones de mayor cuantía estarán ligadas a que las empresas den formación a los trabajadores suspendidos de empleo. No obstante, Escrivá ha precisado que el decreto deja abierta la puerta a que, a partir del 1 de noviembre, las empresas también pueda acogerse a Ertes de impedimento y limitación de actividad en el caso de que surgieran restricciones frente al covid.

Pese a que los Ertes se extienden hasta el 28 de noviembre, la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha precisado que las empresas que hoy se sujeten a este real decreto de prórroga tendrán que acogerse al nuevo mecanismo estructural de flexibilidad interna que se está negociando en el marco de la reforma laboral una vez que éste entre en vigor, lo que previsiblemente sucederá antes del 28 de febrero.

Con esta norma, las empresas de más de diez trabajadores tendrán un 80% de exoneración en sus pagos a la Seguridad Social si imparten formación a los trabajadores en Ertes y un 40% en caso de no hacerlo. Para las empresas de hasta diez empleados, la exención será del 80% si imparten acciones formativas y del 50% si no lo hacen.

En el caso de optar por acciones formativas, las empresas tendrán que dedicar 30 horas de formación si tienen entre 10 y 49 trabajadores y 40 horas si cuentan con plantillas superiores. Estas actividades formativas, que deberán realizarse antes del 30 de junio de 2022, se vinculan con un aumento del crédito que se utiliza para financiar la formación programada recogida en ley del sistema de formación profesional para el empleo. Este crédito se obtiene a partir de las aportaciones de empresas y trabajadores a la Seguridad Social con el objetivo de que inviertan en la formación profesional de sus empleados.

Hoja de ruta para acogerse
Durante el mes de octubre las empresas que quieran continuar aplicando el Erte tendrán que cursar una nueva solicitud. Si no reciben respuesta de la autoridad laboral en el plazo de diez días, el silencio administrativo se aplicará con carácter positivo. «Volvemos al procedimiento ordinario. Todas las empresas que a día de hoy están en ERTE tendrán que tramitar ante sus autoridades laborales su expediente y permanencia en el Erte», ha subrayado Díaz.

La norma extiende el llamado ‘contador a cero’ hasta el 31 de diciembre de 2022, de forma que el tiempo consumido de desempleo por el trabajador que esté en ERTE desde septiembre de 2020 no computará cuando se produzca un despido por cualquier causa después del 1 de enero de 2023. «Nunca ha existido en la historia un mecanismo de protección frente al desempleo tan fuerte como el que estamos desplegando», ha destacado la vicepresidenta segunda.

También se establece en la norma una prestación extraordinaria por desempleo para las personas con contratos fijos-discontinuos, dirigida especialmente al sector turístico y concentrado singularmente en Baleares; se garantiza el ‘contador a cero’ para este colectivo, que antes no estaba garantizado, y se mantiene en el 70% de la base reguladora el importe de la prestación a recibir por los trabajadores en Erte durante toda la vigencia de la prórroga.

Asimismo, se mantienen las condiciones de acceso a la prestación, aunque no se tenga el tiempo cotizado requerido, así como el compromiso de mantenimiento del empleo durante seis meses; la prohibición de despedir; la interrupción del computo en contratos temporales; la prohibición de realización de horas extras y de operar en paraísos fiscales; el impedimento de realizar contrataciones nuevas en empresas que están aplicando Erte, y la imposibilidad de externalizar actividad mientras se disfrutan de los beneficios de los Erte.

El Confidencial