Seleccionar página

-El total de los solicitantes tendrá garantizada la subvención.
-Esta medida, que pone en marcha por primera vez el Consistorio madrileño, va encaminada a paliar el impacto que la crisis de la COVID-19 ha tenido en el sector.
-El crédito consignado a esta línea del Plan Cambia 360 se repartirá por completo entre todos los demandantes que cumplan con los requisitos establecidos en las bases.
-El plazo para solicitar las ayudas es de un mes a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este jueves, 3 de septiembre, en Junta de Gobierno destinar cinco millones de euros a la línea de ayudas directas contempladas en el Plan de Ayudas Cambia 360. La disposición de este crédito persigue reducir el impacto económico negativo que la crisis de la COVID-19 ha generado en el sector, ya que todas las medidas implementadas para evitar la propagación del virus y que estaban relacionadas con limitaciones a la circulación han impactado significativamente en diversos sectores económicos, entre ellos el del taxi.

Como ha explicado la portavoz municipal, Inmaculada Sanz, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, es una forma de que el Gobierno municipal contribuya de manera responsable con el sostenimiento del sector que, hasta la reciente aprobación de la modificación de la Ordenanza del Taxi el pasado mes de junio, estaba obligado a prestar servicio salvo los días de descanso obligatorio y los períodos de descanso legalmente previstos.

Durante meses, el taxi en Madrid ha tenido que incorporar medidas extraordinarias en su actividad diaria que han ido desde la reducción del nivel de ocupación de vehículo hasta la aplicación de protocolos higiénico-sanitarios. Estas actuaciones por el bien común han incrementado los gastos, a la vez que se han reducido sus ingresos por el descenso de demanda. Consciente de esta situación, el Ayuntamiento de Madrid lanza, por primera vez, esta línea de subvenciones, cuyo importe total se repartirá por completo entre todos los demandantes.

Compatible con otras ayudas

Las solicitudes deberán formalizarse en el impreso normalizado, disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es, en el plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. El procedimiento para otorgar las ayudas es el de concurrencia competitiva y son compatibles con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de otras administraciones o entes públicos.

No obstante, con el fin de agilizar al máximo posible la concesión de las ayudas y teniendo en cuenta que un porcentaje muy relevante de las subvenciones dirigidas al sector del taxi, en ocasiones en torno al 90 %, lo solicitan gestorías y colectivos que le representan, se habilita un procedimiento de presentación masiva de solicitudes de subvención por parte de gestorías y asociaciones representativas del sector para reducir la carga administrativa que suponen las solicitudes individuales a través del registro electrónico.

En lugar de cumplimentar un formulario para cada solicitud, las gestorías y asociaciones podrán presentar la relación de las solicitudes con los datos que se indican en la convocatoria, así como la documentación que acredite la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos y la representación que se otorga para la solicitud. Esta relación deberá presentarse por registro.

Los titulares de las 15.723 licencias de taxi de la ciudad podrán ser beneficiarios siempre que consten en el Registro de Licencias de Autotaxi del Ayuntamiento de Madrid en la fecha de publicación de la convocatoria. No tendrán derecho a esta subvención los titulares de licencias de otros municipios que se canjeen por licencias del Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de la ampliación de Área de Prestación Conjunta. Tampoco podrán disfrutar de esta línea de crédito quienes no estén al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con la administración y de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.