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El Ayuntamiento de Madrid ha declarado con carácter permanente como “espacio de especial protección para el peatón” las siguientes vías del distrito de Chamberí:
1. Calle Jordán, entre calle Cardenal Cisneros y plaza de Olavide.
2. Calle Gonzalo de Córdoba entre calle Cardenal Cisneros y plaza de Olavide.
3. Calle Palafox, entre calle Olid y plaza de Olavide.
4. Calle Murillo, entre calle Quesada y plaza de Olavide.
5. Calle Santa Feliciana, entre calle Juan de Austria y plaza de Olavide.
6. Calle Raimundo Lulio, entre calle Garcilaso y plaza de Olavide.

Con carácter general, quedan prohibidos el acceso, la circulación y el estacionamiento de vehículos en las calles reseñadas en el apartado anterior.

Sin perjuicio de lo anterior, se autoriza el acceso, circulación y estacionamiento para efectuar las operaciones de carga y descarga, así como para el acceso a los vados existentes en las citadas vías, conforme a las siguientes condiciones:
a) Carga y descarga: estas labores se efectuarán los días laborables en horario de 8 a 11 horas, con acceso en ese horario según se indican los sentidos de acceso y salida en el gráfico que figura a continuación.

b) Acceso vados: se podrá acceder a los vados existentes sin limitación de horario, con acceso en ese horario según se indican los sentidos de acceso y salida en el gráfico que figura en el Anexo. En la imagen anterior figura un gráfico de accesos a vados y operaciones de carga y descarga.

Todos los movimientos tienen continuidad sin necesidad de realizar ninguna actuación adicional, por lo que existe alternativa a la circulación de vehículos según gráfico que figura en Anexo.
En las vías declaradas como “espacio de especial protección para el peatón” se instalará la correspondiente señalización indicativa de la misma.
El presente decreto surtirá efectos desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.