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La prestación extraordinaria para los trabajadores por cuenta propia llegará ahora a aquellos que hayan sufrido una caída del 50% de la facturación.

Descárgate el texto publicado en el BOE BOE-A-2021-1130

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la nueva prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) y de la prestación por cese de actividad de los autónomos hasta el 31 de mayo, medidas vitales para mitigar el durísimo impacto de la pandemia en el empleo.

La prórroga aprobada hoy, que ya fue acordada la semana pasada por los agentes sociales, mantiene prácticamente intactas las condiciones de la anterior edición -que vence el día 31- aunque incorpora algunas novedades importantes en lo que se refiere a su burocracia, pues no se necesitará autorización de la administración para cambiar de un modelo a otro. A continuación, siguen las principales características de estos esquemas:

Fuerza mayor en sectores «ultraprotegidos»
Los ERTE de fuerza mayor con prórroga automática se limitarán a las empresas incluidas en unos sectores considerados como los más afectados. Las exenciones de cuotas de entre el 75% y el 85%, según el tamaño de la empresa, tanto para trabajadores activados como suspendidos. Estas exoneraciones se aplicarán también a la cadena de valor de la empresa, algo que determinará la autoridad laboral.

Hay novedades en la lista de sectores, que incluye ahora algunos nuevos como los campings y aparcamiento de caravanas, el alquiler de medios de navegación, actividades de mantenimiento físico. Salen también otros tres: la fabricación de alfombras-, el estirado en frío y la fabricación de instrumentos musicales. Al mismo tiempo se han incluido en este listado aquellas empresas que cuyo sector en el CNAE ha recuperado la actividad en un porcentaje inferior al 70% entre finales de abril y finales de diciembre y que el porcentaje de afiliados cubiertos por los ERTE es mayor al 15%.

A esto hay que sumar las cinco actividades que se incluyeron ya en diciembre como sectores ultraprotegidos y que son el comercio al por mayor de bebidas, restaurantes y puestos de comidas, actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales, establecimientos de bebidas, y actividades de juegos de azar y apuestas (casinos, bingos, loterías y casas de apuestas).

Impedimento
Las empresas, sea cual sea su sector, que vean impedido el desarrollo de su actividad en alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las restricciones administrativas para luchar contra la pandemia podrán solicitar los llamados «ERTE de impedimento». Estas empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo de 2021, que serán de entre el 100% y el 90% hasta el 31 de mayo.

Limitación
Cualquier empresa que vea limitada su actividad por confinamientos o limitaciones de horarios puede acceder también al esquema de ERTE por limitaciones, que contempla exoneraciones decrecientes hasta el 31 de mayo, que oscilan entre el 100% y el 90% en febrero.

Causas económicas (ETOP)
Los ERTE Covid basados en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (los llamados ETOP) se podrán seguir beneficiando tanto de la simplificación de trámites, como de la posibilidad, inexistente en su regulación fuera de un entorno Covid, de tramitar una prórroga presentando ante la autoridad laboral un acuerdo en tal sentido con la representación unitaria o sindical.

Autónomos
Los autónomos también verán prorrogada la prestación extraordinaria, que trae también algunas modificaciones. Siguen estableciéndose cuatro modalidades: sa prestación por suspensión de actividad, la prestación compatible con la actividad cuando haya un desplome de los ingresos, la prestación extraordinaria para quienes no puedan acceder a las dos ayudas anteriores y la prestación para los autónomos de temporada.

La ayuda por suspensión de actividad está dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión de toda su actividad por medidas como los confinamientos. En estos casos, la suma asciende al 50% de la base mínima de cotización, cantidad que se incrementa un 20% si el trabajador autónomo es de una familia numerosa. Igualmente el autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el salario mínimo.

La prestación compatible con actividad sí que flexibiliza en esta nueva prórroga el requisito de ingresos, de tal forma que la podrán solicitar aquellos autónomos cuya facturación en el primer semestre de 2021 caiga el 50% (cuando antes era el 75%) frente al segundo semestre de 2019. El importe de esta prestación es el que corresponda por su base de cotización.

Los autónomos que no cumplan los requisitos para acceder a estas dos ayudas previas podrán solicitar una extraordinaria, que asciende al 50% de la base mínima de cotización, estando exoneradas las cuotas. El límite de ingresos en el primer semestre, para este caso, es 1,2 veces el salario mínimo. En cuanto a los autónomos de temporada, se mantiene en iguales condiciones y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el primer semestre de 2021.

Menos burocracia
Gracias a la simplificación de los trámites, las empresas que sean titulares de un ERTE por impedimento o por limitación no tendrán que tramitar un nuevo expediente para pasar de uno a otro. Bastará con que remitan una comunicación a la autoridad laboral y a la representación sindical.

Mantenimiento del empleo
Su flexibilización fue la principal batalla de los empresarios al comenzar esta prórroga, pero finalmente la nueva prórroga mantiene intacto el compromiso de mantenimiento del empleo, así como la prohibición a las empresas que hagan ERTE de despedir, interrumpir contratos temporales, repartir dividendos o realizar horas extraordinarias y externalizar actividad.

Además, los trabajadores afectados por un ERTE seguirán teniendo acceso a la prestación sin periodo de carencia y no les computará el tiempo consumido hasta enero de 2022. La prestación será equivalente al 70% de la base reguladora.

Información extraída de ABC