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Decreto de 20 de noviembre de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la concesión de la subvención Taxi Free 2020.

En el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 3º.1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, de fecha 4 de julio de 2019, publicado en el BOCM núm. 172, de 22 de julio de 2019, y en cumplimiento de lo previsto en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, una vez formulada la Propuesta de Resolución definitiva de la Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi de fecha 28 de octubre de 2020, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 8.761, de 3 de noviembre de 2020,

DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la concesión de la Subvención Taxi Free 2020 a favor de 2.290 personas beneficiarias, titulares de licencia de autotaxi, que se relacionan en el Anexo I, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 30 de octubre de 2013 y en el artículo 10 que rige la presente convocatoria. Dicha subvención se imputará a la aplicación presupuestaria 2020/001/150/133.01/779.99, por un importe de 4.004.000 euros.

Se incluye en el Anexo I, las personas beneficiarias que fueron omitidos en la Propuesta de Resolución definitiva de la Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi de fecha 28 de octubre de 2020, al no haberse recibido sus solicitudes de participación en la unidad tramitadora de esta convocatoria. Habiendo comprobado la presentación de las solicitudes de participación en tiempo y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, se incluyen como beneficiarios a los siguientes:

– Licencia 47 – Gregorio Rodríguez Rodríguez.
– Licencia 5509 – Juan Cruz Esperalta López.
– Licencia 7142 – Carlos Alberto Morales Ahijado.
– Licencia 8645 – David Otero Cuestas.
– Licencia 9760 – Carlos Marcos Bermejo.
– Licencia 10771 – Lucio Luis Rumbero Rodríguez.
– Licencia 14309 – Alfredo Rabanal García.

SEGUNDO.- Desestimar las 52 solicitudes que se relacionan en el Anexo II, Relación de personas solicitantes que no cumplen requisitos de la convocatoria, por los motivos especificados en el mismo, al no reunir las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria.

TERCERO.- El presente decreto surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Los Anexos I y II referidos en este decreto, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal, www.madrid.es/taxi.

CUARTO.- De conformidad con los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, a efectos de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Ayuntamiento de Madrid remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información pertinente relativa a las subvenciones adjudicadas.

Contra este decreto que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. El cómputo de ambos plazos será desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 20 de noviembre de 2020.- El Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.

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BOAM nº 8775/2146 (24/11/2020) – Decreto de 20 de noviembre de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la concesión de la subvención Taxi Free 2020