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Con fecha del 16 de junio, la Comunidad de Madrid ha publicado el segundo de los listados de beneficiarios de las ayudas Covid financiadas con fondos estatales.

Consulta si estás entre los beneficiarios en este enlace https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/economia/20210616_rdl5_2021_orden_fav_firmada.pdf

Tras la publicación por parte de la Comunidad de Madrid de la lista de los primeros beneficiarios de las ayudas de la línea Covid-19, la Comunidad de Madrid informa que los beneficiarios de los 3.000 euros tienen que justificar en qué han gastado/invertido el importe recibido.

Tal y como reza en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el período para justificar la aplicación de los fondos por parte del beneficiario de estas ayudas se comunicará a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas a través de la web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org).

El órgano concedente comprobará, a través de técnicas de muestreo sobre un uno por ciento de los expedientes concedidos en cada una de las líneas, los justificantes de gasto y pago que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención.

¿Cómo hay que hacerlo?

La Comunidad de Madrid indica lo siguiente en su página web.

El beneficiario deberá justificar la aplicación de los fondos recibidos a la finalidad prevista mediante la aportación a través de la web de la Comunidad de Madrid ​de una cuenta justificativa simplificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

La cuenta justificativa simplificada incluirá:

– Una memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en el artículo 3 del presente Acuerdo.
– Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y de la factura, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago, así como el justificante de pago.
– Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
– Certificado acreditativo de no haber aprobado incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde la concesión de la ayuda, no haber repartido dividendos en 2021 o 2022, así como el mantenimiento de la actividad económica hasta el 30 de junio de 2022.
– En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

No es preciso aportar copia de las facturas o documentos probatorios junto con la justificación. No obstante, el beneficiario está obligado a conservar dicha documentación y aportarla si es requerido para ello en la fase de verificación de la ayuda o en cualquier control financiero posterior.

El órgano concedente comprobará, a través de técnicas de muestreo sobre un uno por ciento de los expedientes concedidos en cada una de las líneas, los justificantes de gasto que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención.

Esa aportación de la documentación se realizará necesariamente utilizando de medios telemáticos.

No obstante, en aquellos supuestos en los que se hubiera autorizado el cruce telemático de datos con la AEAT, la Comunidad de Madrid comprobará que el beneficiario no ha repartido dividendos durante 2021 o 2022, así como el mantenimiento de la actividad económica hasta el 30 de junio de 2022. En caso de no haber autorizado el cruce de datos, deberá aportarse:

-Certificado de la AEAT acreditativo del reparto de dividendos por el solicitante durante 2021 o 2022.
-Certificado de la AEAT acreditativo del mantenimiento de la actividad económica del solicitante hasta el 30 de junio de 2022, con indicación de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE -09-) que se consideren equivalentes en los que se clasifique dicha actividad.

En los próximos días, la Asociación Gremial aportará más información al respecto del procedimiento para ayudar a nuestros asociados a realizar dicho trámite.