Seleccionar página

FEDETAXI se felicita junto con las más de 100.000 familias que dependen del taxi en España por este gran éxito colectivo

Madrid, 4 de junio 2018.- En la mañana de hoy el Tribunal Supremo ha comunicado la Sentencia de la Sala III del Tribunal Supremo sobre la impugnación del Real Decreto 1057/2015, de 21 de noviembre, que regula el régimen jurídico de los arrendamientos de vehículo con conductor (VTC).

La sentencia mantiene en vigor las limitaciones al otorgamiento de VTC, más conocida como regla del 1/30, y las restricciones a la explotación superior al 20% de los servicios fuera de las Comunidades Autónomas otorgantes, también conocida como regla del 80/20. No obstante, también deroga la necesidad de los titulares de VTC de mantener una flota mínima de 7 vehículos, tanto al inicio de la actividad como en caso de acceder al mercado con la adquisición de otras autorizaciones, derogando así, únicamente los dos primeros párrafos del artículo 181.2 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres en la redacción dada por el citado Real Decreto de 2015.

La Sentencia se dicta como resultado del litigio interpuesto contra el Real Decreto de 2015 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), al que se unieron las multinacionales UBER y Cabify y la  patronal de vehículos VTC, Unauto VTC.

Tanto el Ministerio de Fomento como la Federación Española del Taxi han hecho defensa desde el inicio del Real Decreto 1057/2015, de 21 de noviembre pues fue una norma ampliamente consensuada por el Gobierno con FEDETAXI, como marco regulador en equilibrio y armonía de ambas modalidades de transporte de viajeros, buscando garantizar la prestación del servicio público del taxi en España, ante las pretensiones liberalizadoras de la CNMC.

Precisamente, la CNMC había hecho causa general de las condiciones reglamentadas en la norma que ahora avala el Tribunal Supremo y contra la que además de numerosas declaraciones de su presidente, Marín Quemada, publicó un informe denostando dichas limitaciones y pidiendo la absoluta liberalización del servicio de arrendamiento con conductor (VTC) en España. De este modo se hacía sesgadamente eco de las recomendaciones de la Unión Europea y su Agenda Digital, que luego también sufrió el varapalo de la Sentencia del TJUE sobre el caso UBER, y posteriormente ha sido claramente puesto en evidencia por el Tribunal Supremo y el propio Congreso de los Diputados al aprobar el pasado 10 de mayo un Real Decreto-Ley que eleva a rango legal las limitaciones que ahora el Tribunal Supremo considera legales en el texto del Reglamento de Transportes.

La noticia ha sido recibida con enorme satisfacción por la Comisión de Gobierno de FEDETAXI, cuyo presidente Miguel Ángel Leal, ha vuelto a criticar la posición de cruzada irresponsable del organismo regulador a favor de las multinacionales Uber y Cabify y sus prácticas “disruptivas” que calificó “más bien como verdaderos actos de competencia desleal, que no hubieran tenido el recorrido que han tenido si no hubieran sido fanáticamente apoyada por el presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), José María Marín Quemada, sobre el que FEDETAXI reitera la petición para que presente al Gobierno su dimisión” pues, continúa Leal “es increíble que Marín Quemada se ponga de perfil ante este nuevo episodio sin asumir su responsabilidad”.

 Por último, Leal añadió que si los ayuntamientos y gobiernos autonómicos actúan ahora como deben y los taxistas, como afectados y contribuyentes esperamos, se podrá poner coto también a las infracciones permanentes y el modelo negocio de estas empresas basadas en la elusión fiscal y la precariedad laboral” por lo que FEDETAXI ya está trabajando con CCAA y Ayuntamientos en este sentido y “espera al nombramiento del nuevo Gobierno para continuar trabajando para potenciar el servicio público de taxi”, señaló Leal.